martes, 15 de diciembre de 2009
LA( NO)PARTICIPACIÓN CREA CONFLICTO
Un ejemplo de micropolítica en un centro educativo
EL CONFLICTO EN LA LOE (VIII). Organización y convivencia.
Entre las competencias del director de un centro educativo se encuentra:
f) Favorecer la convivencia en el centro, garantizar la mediación en la resolución de los conflictos e imponer las medidas disciplinarias que correspondan a los alumnos, en cumplimiento de la normativa vigente sin perjuicio de las competencias atribuidas al Consejo Escolar en el artículo 127 de esta Ley. A tal fin, se promoverá la agilización de los procedimientos para la resolución de los conflictos en los centros.
Las organizaciones educativas tendrán que incluir un plan de convivencia que incluirá las normas de actuación y funcionamiento. Aparece la mediación como eje principal para la resolución de los conflictos que surgen en el día a día.
Un plan claro, efectivo y aplicable podrá garantizar, en gran medida, el buen funcionamiento en materia de resolución de conflictos. La reflexión y puesta en práctica de soluciones concretas que resuelvan los posibles incidentes que se van produciendo, puede ser la clave para el desarrollo de un adecuado clima favorecedor de la educación.
Tarea difícil la de los equipos educativos y la comunidad educativa : poner en marcha soluciones de mediación, cuando la cultura de los centros ha ido por otros caminos en los últimos años.
lunes, 14 de diciembre de 2009
EL CONFLICTO EN LA LOE (VII). EDUCACIÓN DE PERSONAS ADULTAS
Esta etapa representa una oferta para los mayores de dieciocho años que por diversas circunstancias necesiten la incorporación a otras enseñanzas, siendo el referente la educación para toda la vida y entre sus objetivos se incluye:
g) Prever y resolver pacíficamente los conflictos personales, familiares y sociales. Fomentar la igualdad efectiva de derechos y oportunidades entre hombres y mujeres, así como analizar y valorar críticamente las desigualdades entre ellos.
La inclusión de la resolución de conflictos de forma pacífica en todos los ámbitos, obliga a buscar estrategias que sirvan para fomentar este tipo de comportamientos en las actividades que se programen. Otra de las cuestiones importantes es la inclusión del fomento de la igualdad efectiva de derechos y oportunidades entre hombres y mujeres .
EL CONFLICTO EN LA LOE (VI). Formación profesional.
La Formación profesional incluye, entre otras, las acciones formativas que capacitan para el desempeño cualificado de las diversas profesiones y el acceso al empleo. También aparece una referencia al conflicto en las capacidades derivadas de los objetivos de esta etapa:
c) Aprender por sí mismos y trabajar en equipo, así como formarse en la prevención de conflictos y en la resolución pacífica de los mismos en todos los ámbitos de la vida personal, familiar y social. Fomentar la igualdad efectiva de oportunidades entre hombres y mujeres para acceder a una formación que permita todo tipo de opciones profesionales y el ejercicio de las mismas.
La resolución pacífica de los conflictos sigue ocupando un lugar importante en el desarrollo de las enseñanzas que conducen directamente al mercado laboral. Una novedad importante es la inclusión del fomento de la igualdad efectiva de oportunidades entre hombres y mujeres. Estos aspectos ponen de manifiesto la preocupación por los cambios hacia una sociedad que no discrimine a las personas en el ámbito profesional.
EL CONFLICTO EN LA LOE (V). Bachillerato.
Los alumnos que tengan el Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria podrán acceder al Bachillerato. Comprende dos cursos académicos y está estructurado en modalidades diferentes que se organizan de forma flexible.
Una de las capacidades que contribuirá a desarrollar es:
b) Consolidar una madurez personal y social que les permita actuar de forma responsable y autónoma y desarrollar su espíritu crítico. Prever y resolver pacíficamente los conflictos personales, familiares y sociales.
Se habla de incorporación a la vida activa, el fomento de actitudes que permitan prever y resolver pacíficamente los conflictos en todos los ámbitos de la vida, se configura como uno de los objetivos de esta etapa educativa. El alumnado se encuentra cercano a la madurez intelectual y humana que le permitirá afrontar los nuevos retos: incorporación a la vida activa o continuación de otros estudios superiores. El fomento del trabajo en equipo puede ayudar a consolidar esas actitudes respetuosas.
viernes, 11 de diciembre de 2009
EL CONFLICTO EN LA LOE (IV). Educación Secundaria Obligatoria.
Esta etapa se divide en cuatro cursos académicos, desde los doce a los catorce años. Entre las capacidades que tendrán que desarrollar se encuentra:
d) Fortalecer sus capacidades afectivas en todos los ámbitos de la personalidad y en sus relaciones con los demás, así como rechazar la violencia, los prejuicios de cualquier tipo, los comportamientos sexistas y resolver pacíficamente los conflictos.
Vuelve a aparecer el término conflicto, relacionado con la prevención de situaciones derivadas de las relaciones que van surgiendo en el centro. Los alumnos ya van tomando conciencia de las fórmulas para respetar las normas de convivencia dentro de la comunidad educativa. El fomento del trabajo colaborativo y el fortalecimiento de la resolución del conflicto gracias a la mediación se convierten en la clave para que en esta etapa se consigan los objetivos previstos